Programa Conciliamos en Semana Santa

OBJETO:

Convocar el programa “Conciliamos 2023” dirigido a la atención lúdica a los niños y niñas escolarizados durante el período vacacional, con la finalidad de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias castellanas y leonesas.

El período de funcionamiento del programa «Conciliamos Semana Santa 2023» comprenderá los días laborables, desde el 30 de marzo al 5 de abril.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Padres, madres, personas tutoras o acogedoras, con menores a su cargo, que cumplan los requisitos.

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN:


Cumplimentada la solicitud y una vez obtenido número válidamente asignado, podrá finalizarse el proceso mediante el registro en la propia aplicaciónLa solicitud podrá registrarse también:

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Con carácter general deberán cumplir los siguientes requisitos:

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¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

La solicitud se cumplimentará necesariamente a través de la aplicación web donde estarán disponibles también la relación de las entidades locales que participan en el programa y la relación de las entidades financieras en las que hacer efectiva la cuota correspondiente.

Para cumplimentar la solicitud solo será necesario disponer de un usuario y contraseña que podrá obtenerse al acceder a la aplicación.

Una vez cumplimentada, la aplicación asignará un número de identificación de cada solicitud. No se admitirá ninguna solicitud en la que no figure el número de referencia. Una vez comprobado que se ha asignado ese número, podrá presentarse y registrarse conforme lo establecido.

En un único formulario deberán solicitarse plazas para todos los niños de la misma unidad familiar y se deberá indicar las semanas en las que desean participar y, por orden de preferencia, la instalación para la que se solicita plaza en el programa. 

Las solicitudes se dirigirán a los Gerentes Territoriales de Servicios Sociales, de la provincia correspondiente al centro que se solicite. Con la solicitud deberán anexarse la DOCUMENTACIÓN que se relacionan a continuación, siempre y cuando no se opongan expresamente, en la nueva solicitud, a la consulta de la información:

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¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

El periodo de presentación de solicitudes será del 2 al 9 de marzo de 2023. 

TE INTERESA SABER:

Programa «Conciliamos 2023»: información general

Contenido:

    El programa tiene por objeto prestar un servicio de atención lúdica a los niños y niñas escolarizados durante los períodos vacacionales de Carnaval, Semana Santa, Verano y Navidad, con la finalidad de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias castellanas y leonesas.

    «Conciliamos 2023» se ofertará en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León que ya participaron en el programa en 2022, siempre y cuando estas entidades no manifiesten lo contrario, así como en aquellas otras nuevas que se adhieran al mismo a lo largo del año 2023. Cada entidad local determinará los periodos vacacionales en que ofertará el programa así como las instalaciones donde tendrán lugar las actividades.

    El programa se celebrará siempre que el número de niños o niñas sea:

    • 15 niños o niñas en municipios de más de 20.000 habitantes.
    • 8 niños o niñas en municipios de entre 20.000 y 3.000 habitantes.
    • 5 niños o niñas en municipios de menos de 3.000 habitantes.

    Cuando los periodos vacacionales se dividan por semanas, el programa sólo se celebrará en la semana o semanas que hayan alcanzado el número mínimo de participantes anteriormente establecido.

    Para determinar el número de usuarios requerido solo se tendrán en cuenta las solicitudes válidamente presentadas y que cumplan con todos los requisitos de la convocatoria.

    Los períodos de funcionamiento del programa «Conciliamos 2023» serán:

    1. Carnaval: Comprenderá los días 20 y 21 de febrero, con excepción de los municipios de Soria y Almazán, en que el programa se celebrará en los días 16 y 17 de febrero.
    2. Semana Santa: Comprenderá los días laborables, desde el 30 de marzo al 5 de abril.
    3. Verano: Comprenderá los días laborables, de lunes a viernes, desde el 26 de junio hasta el 31 de agosto.
    4. Navidad: Comprenderá los días laborables no lectivos de lunes a viernes de las vacaciones escolares de Navidad, de acuerdo con el calendario escolar que apruebe la Consejería de Educación para el curso 2023-2024.

    Tendrá la consideración de franja horaria mínima y obligatoria de asistencia, la comprendida entre las 10:00 horas y las 13:00 horas y serán franjas horarias de asistencia voluntaria, las siguientes:

    • a) De 7:45 a 9:00 horas.
    • b) De 9:00 a 10:00 horas.
    • c) De 13:00 a 14:00 horas.
    • d) De 14:00 a 15:15 horas.

    En las localidades en las que no se alcance un número superior a 14 participantes el horario máximo será el establecido entre las 8.00 y 15.15 horas, o bien entre las 7.45 y 15.00 horas, en función de las necesidades de la mayoría de las familias solicitantes.

    Cuotas y Descuentos Programa «Conciliamos 2023»

    Contenido:

    La cuota por participación en cada uno de los períodos vacacionales ofertados en «Conciliamos 2023» se determinará en función de la capacidad económica familiar y será el resultado de multiplicar por la cuota diaria los días de Carnaval y Semana Santa o los que contenga cada semana en las que se dividan los períodos de Verano y Navidad.

    Cuotas programa "Conciliamos"
    CAPACIDAD ECONÓMICA FAMILIARCUOTA DIARIA
    Hasta 9.000 €Exento
    Desde 9.000,01 € hasta 18.000,00 €4 €
    Más de 18.000 €6 €

    Exenciones:

    Estarán exentos del abono de la cuota:

    • Las familias numerosas de categoría especial.
    • Los menores que estén bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad.
    • Los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias de Castilla y León. También los menores participantes en el programa Conciliamos Incluye.
    • Las víctimas del terrorismo. Esta condición se acreditará mediante el informe preceptivo del Ministerio de Interior o la Resolución de Reconocimiento por parte de la Administración General del Estado de pensión extraordinaria por acto de terrorismo o de sentencia judicial firme en que se hubiese reconocido, salvo que se autorice expresamente a la Administración para su consulta.
    • Los hijos de las víctimas de violencia de género, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, de Violencia de Género en Castilla y León. Esta circunstancia se acreditará documentalmente de conformidad con lo expuesto en la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

    En todos los supuestos indicados en el apartado anterior, los interesados deberán indicar expresamente en la solicitud que confirman la asistencia de cada niño al programa. De lo contrario, dicha solicitud será excluida.

    Bonificaciones

    • Las familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del 50% de la cuota.
    • En el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiarsean usuarios del programa conciliamos, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25% de la cuota, que se aplicará sobre el importe de menor cuantía en aquellos casos en que las cuotas sean diferentes. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado la bonificación para familias numerosas de categoría general o cuando alguno de ellos esté exento de cuota.

    Determinación de la capacidad económica de la unidad familiar

    • A los efectos de esta convocatoria constituirán unidades familiares, a la fecha de la solicitud, las integradas por ambos progenitores, personas tutoras o acogedoras, cualquiera que sea su estado civil, los miembros integrantes de las uniones de hecho y los hijos menores de edad.
    • De conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, se consideran familias monoparentales las unidades familiares con hijos menores, o mayores de edad en situación de dependencia, que se encuentren a cargo de un único responsable familiar.
    • Se considera capacidad económica de la unidad familiar, la suma del nivel anual de rentas de ambos progenitores, en los términos definidos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio económico del año 2021, para las solicitudes Carnaval, Semana Santa y Verano y al ejercicio 2022 para las solicitudes de Navidad 2023. Dicho nivel vendrá determinado por la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro de cuyo resultado se deducirán el mínimo personal y familiar.

    Servicio de comedor

    • El Servicio de comedor se prestará solo en el periodo de verano y dará comienzo el día 26 de junio de 2023.
    • El precio del servicio de comedor será de 6,50 euros diarios y se abonará directamente a la empresa adjudicataria del contrato dentro del mismo plazo establecido para la presentación de solicitudes. En la sede electrónica se pondrá a disposición de los interesados la información necesaria para la realización del pago. Este abono solo será devuelto en el supuesto de que no pueda celebrarse el servicio de comedor, y en ningún caso por renuncia a dicho servicio.
    Abono y devolución de cuotas

    Contenido:

      Abono de la cuota

      • La cuota por asistencia al programa se abonará antes de la presentación de la solicitud en la cuenta de ingresos correspondiente a la provincia donde se ubique la instalación en la que se haya solicitado plaza, indicando nombre y apellidos de los niños y el período correspondiente para cada uno de ellos.
      • La solicitud presentada sin el justificante de pago será excluida.

      Devolución de cuotas

      • En el supuesto de que el programa no se desarrollase en el centro para que se ha solicitado plaza por no alcanzar el mínimo de niños establecido  salvo que se haya optado por otro centro en el que ya se ha confirmado la actividad en el período solicitado, se podrá solicitar la devolución del 100% de la cuota abonada.
      • En el supuesto de que los solicitantes renunciaran a la plaza adjudicada, con una antelación de al menos cinco días naturales al inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa (Verano y Navidad), se procederá a la devolución del 80% de la cuota abonada.
      • No obstante, para que haya derecho a la devolución, no se podrá renunciar solo a una parte del período solicitado inicialmente, sino que se deberá renunciar a todo el periodo completo.
      • Si la renuncia se presenta transcurrido el plazo previsto en el punto anterior, pero antes del inicio del período solicitado, se procederá a la devolución del 80% de la cuota cuando se fundamente en alguna de las siguientes causas:
        a) Enfermedad o accidente del menor.
        b) Cumplimiento de un deber inexcusable, legalmente previsto, por parte de los progenitores, personas tutoras o acogedoras.
        c) Modificación de las circunstancias familiares que supongan incumplimiento de los requisitos establecidos.
      • La solicitud de devolución de la cuota estará disponible en esta Sede Electrónica de modo que, una vez cumplimentada, podrá enviarse vía registro, correo ordinario, a la Gerencia Territorial a la que se hubiera dirigido el pago. También podrá enviarse la solicitud a través de la dirección de correo electrónico de la Gerencia Territorial correspondiente:

        Ávila:            programaconciliamos.av@jcyl.es

        Burgos:        programaconciliamos.bu@jcyl.es

        León:            programaconciliamos.le@jcyl.es

        Palencia:      programaconciliamos.pa@jcyl.es

        Salamanca:  programaconciliamos.sa@jcyl.es

        Segovia:       programaconciliamos.sg@jcyl.es

        Soria:            programaconciliamos.so@jcyl.es

        Valladolid:     programaconciliamos.va@jcyl.es

        Zamora:        programaconciliamos.za@jcyl.es

        Dicha solicitud se presentará en el plazo máximo de un mes desde el inicio del correspondiente período.
         
      • A los efectos de facilitar la gestión de solicitudes y la posibilidad de ocupación de la plaza por otro solicitante, las renuncias producidas por estas causas, se deberán comunicar en el plazo más breve posible a la dirección de correo electrónico anteriormente indicada correspondiente a la Gerencia Territorial donde se haya dirigido la solicitud. 

      LEGISLACIÓN APLICABLE:

      • ACUERDO 13/2022, 3 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los precios por participación en el programa «Conciliamos» para los años 2022 y 2023 (BOCyL 04-02-2022).
      • RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2023, de la Presidenta del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el programa Conciliamos 2023. (BOCyL 25-01-2023).

      ORGANISMO:

      Consejería / Centro Directivo:

      Órgano gestor:

      Gerencias Territoriales de Servicios Sociales

      Órgano que resuelve:

      Gerencias Territoriales de Servicios Sociales

      PROTECCIÓN DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:

      Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (440 kbytes)

      PASOS PARA LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA (EN LÍNEA):

      1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
      2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
        1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
        2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
        3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
      3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
      4. Descargar justificante de presentación.

       

      TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA